
Hay una práctica que se ha vuelto cotidiana en muchas fiscalías:
llegas a denunciar un hecho… y ni siquiera te dejan pasar con el Ministerio Público.
Un “filtro” te escucha unos minutos y te suelta un:
“Eso no es delito, tiene que asistir a otra institución para que le den seguimiento”.
Y así, sin más… te regresan.
Tienes que saberlo.. ¡Eso es ilegal!

No es criterio, es obligación
El Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Orgánica son claros:
la autoridad ¡ESTÁ OBLIGADA A RECIBIR TODAS LAS DENUNCIAS!
No importa si después consideran que:
- No hay delito
- Es un tema Civil
- O no procede acción penal
Eso se decide después, no en la puerta.
Lo que están haciendo muchos “filtros” no es orientar:
ES BLOQUEAR EL ACCESO A LA JUSTICIA.
El filtro no decide tus derechos
Esa persona que te atiende en la entrada no es el Ministerio Público y no tiene facultades para determinar si procede o no una denuncia.
Cuando te dicen “no procede” sin levantar nada:
- No hay registro
- No hay documento
- No hay responsabilidad para la autoridad
Y eso, además de violar tu derecho al acceso a la justicia, viola tu derecho de petición, porque no existe una respuesta formal, fundada, motivada y POR ESCRITO.
¿Qué deberían hacer en los Módulos de Atención Temprana (y no hacen)?
El procedimiento correcto es simple:
- Recibir tu denuncia
- Registrarla
- Investigar
- Determinar lo conducente
Negarse desde el inicio es evadir mas que su obligación… la Ley.
¿Qué tienes que hacer para que no rechacen tu denuncia?
Si ya te pasó esto, hay una forma correcta de actuar:
Presentar tu denuncia o querella por escrito.

Un escrito bien elaborado:
- Obliga a la autoridad a recibirlo
- Genera un registro formal
- Evita negativas verbales
- Deja evidencia para cualquier acción legal posterior
Y en caso de negativa, fortalece:
- Quejas administrativas
- Procedimientos ante derechos humanos
- Juicio de amparo
Nosotros podemos ayudarte
En nuestro despacho elaboramos y presentamos tu denuncia o querella por escrito y además te acompañamos a ratificarla, cuidando cada detalle jurídico para:
- Encauzar correctamente los hechos
- Darles relevancia penal
- Evitar que la autoridad la deseche de entrada
- Y obligar a que se inicie el procedimiento correspondiente
Porque en estos casos, la forma sí importa
Conclusión
No es que “tu caso no proceda”.
Es que no quieren procesarlo.
Pero la ley está de tu lado.
La Fiscalía no decide en la puerta.
Está obligada a recibir, registrar e investigar.
Y si no lo hace, hay formas de obligarla.


